El motivo es que, con la aniquilación de la nulidad cibernética, eran los propios empleados los que tenían que demostrar que el despido se había producido exclusivamente por el simple hecho de sobrevenir ejercido estos derechos y no por otro motivo. En Proceso Judicial, valoramos tu privacidad y nos aseguramos https://jamesv379bhm8.wikipublicist.com/user