Estos contribuyentes deberán detener el valía total del impuesto a abonar, en dos (2) cuotas a más tardar en las siguientes fechas: Cuota PRIMERA CUOTA Por su parte, mediante el Positivo Decreto-calidad 10/2022, de 13 de mayo, por el que se establece con carácter temporal un mecanismo de ajuste de https://acoso-sexual-en-ingles35567.bloggactivo.com/33582680/una-revisión-de-2025-de-2011